Corpus Iuris IFAI
Corpus iuris es una expresión que denota un conjunto de estándares jurídicos propios o atinentes a una determinada materia, integrados por reglas y principios provenientes de múltiples fuentes y ámbitos, tanto nacionales como internacionales. Su utilidad es manifiesta pues permite acceder de manera sencilla y sistematizada a un nutrido conjunto de documentos, normas y precedentes que muestran el impresionante desarrollo que ha tenido el acceso a la información como un derecho humano, las direcciones y grados de avance que éste ha alcanzado, así como las áreas que es necesario reforzar, continuar desarrollando, o bien representan nuevos retos en la materia.
El reconocimiento y protección del derecho humano de acceso a la información se ha ido abriendo paso de manera paulatina en los diversos órdenes jurídicos nacionales. A la par de estos esfuerzos domésticos, se ha ido generando un conjunto cada vez más amplio de estándares de fuente internacional sobre la materia, previstos en tratados internacionales, instrumentos declarativos, sentencias, recomendaciones u observaciones, informes y documentos de diversa índole, que en conjunto forman parte del vasto derecho internacional de los derechos humanos.
En las últimas décadas, se ha acentúado cada vez con mayor fuerza la interacción entre el derecho de fuente nacional y aquel de origen internacional, en particular en temas atinentes a la protección de los derechos humanos. En primer término, es posible señalar que los Estados, al ratificar un tratado internacional, lo incorporan como parte de su propio ordenamiento, de manera que se convierten en normas nacionales de fuente internacional, exigibles y aplicables a situaciones y casos concretos.
En segundo término, los Estados han creado sistemas de protección internacional de los derechos humanos, que refuerzan y complementan la que proveen las instancias internas. La labor de los órganos de supervisión internacional, tales como los Comités de Naciones Unidas, la Comisión Interamericana, la Comisión Africana, o los tribunales de derechos humanos, como la Corte Europea, Interamericana o Africana, entre otros, ha ido formando a través de sus recomendaciones u observaciones y sentencias, un importante conjunto de criterios y principios, que aclaran, detallan y actualizan, por vía de interpretación, las normas de los tratados internacionales que los propios países han ratificado.
Tales criterios o precedentes son de una importancia toral, pues al ser la interpretación oficial de las normas aceptadas por los países, fijan el estándar jurídico que debe ser satisfecho por los operadores jurídicos internos, a los que además sirven como parámetros para la solución de situaciones o casos similares. De igual manera, permiten a las instancias de protección del derecho de acceso a la información, conocer de los estándares existentes, aquellos que marcan la pauta a seguir por ser los más favorables a la persona.
En tercer lugar, el derecho internacional se integra por otros instrumentos y documentos que van marcando tendencias y rumbos, que muestran nuevos ángulos, mejores prácticas, conceptos y directrices, que si bien no constituyen normas jurídicas en el sentido estricto del término, es decir, no son reglas exigibles, sí las complementan y apoyan la labor de los operadores jurídicos nacionales e internacionales en la protección del derecho de acceso a la información.